Financiación de Margen
¿Qué garantías son admisibles para financiación de margen?
Acciones cotizadas, ETF de mercado amplio y sectoriales y deuda pública de mercados desarrollados, cada una con su ratio publicado.
La financiación se concede sobre un universo definido de instrumentos cotizados, cada uno con un ratio publicado.
| Clase de activo | Ratio |
|---|---|
| Deuda pública de mercados desarrollados | 85% |
| ETF de mercado amplio | 75% |
| Componentes de índices de gran capitalización | 70% |
| ETF sectoriales y temáticos | 60% |
| Otras acciones cotizadas admisibles | 50% |
Qué queda excluido
ETF apalancados e inversos, crédito de grado especulativo y acciones ilíquidas, suspendidas o sujetas a una operación corporativa. Se excluyen porque la exposición de la firma no es el precio de hoy, sino el precio alcanzable al salir en un mercado tensionado.
Por qué tu capacidad puede ser menor que la tabla
Casi siempre por concentración. Cuando una sola posición representa una parte desproporcionada de la cartera, el exceso sobre el umbral recibe un ratio reducido o ninguno. Dos carteras del mismo valor pueden por tanto admitir facilidades muy distintas: veinte componentes de índice admiten bastante más financiación que el mismo valor en uno o dos nombres.
Los ratios pueden cambiar
Siguen la liquidez y la volatilidad, y ambas se mueven. Una posición puede pasar a un tramo inferior tras una operación corporativa o una caída sostenida del volumen negociado, lo que reduce tu capacidad de inmediato.